La Cámara de Diputados avaló la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor para prohibir a los proveedores de bienes, productos o servicios que incrementen injustificadamente los precios por fenómenos naturales, meteorológicos o contingencias sanitarias y ponerle un alto a la publicidad y comercialización de los llamados productos milagro.
La reforma que fue turnada al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación fue respaldada por unanimidad en la Cámara de Diputados, con 384 votos en favor.
Aunque el proceso de análisis de la reforma no se llevó a cabo durante la emergencia por los sismos de septiembre, los legisladores resaltaron oportuna la modificación para que no haya aumentos injustificados de precios luego de los daños provocados por un fenómeno natural, meteorológico o alguna contingencia.
Estos cambios facultan a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) a que retire del mercado los bienes o productos que ponen en riesgo la vida o la salud del consumidor y, en su caso, podrá ordenar la destrucción de los mismos a fin de evitar que sean comercializados.